DESPLEGABLE

Comité informa: Laudo del Tribunal Laboral de Catalunya sobre la excepcional penosidad en los trabajos de la red de Metro de Barcelona

Estimados compañeros,

Informamos sobre el LAUDO ( LAUDO ARBITRAL PAB 246-2018 dictado por el Tribunal Laboral de Catalunya sobre la excepcional penosidad en los trabajos de la red de Metro de Barcelona:

El Laudo dictado por los miembros del cuerpo de árbitros del Tribunal Laboral de Catalunya reconoce que las tareas desarrolladas por los operarios ferroviarios de COMSA, S.A., dentro de los túneles de la red de metro de Barcelona, deben considerarse como de excepcional penosidad a los efectos de percibir el plus regulado en el art. 16 del convenio colectivo de Construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona.

En septiembre de 2017 la Empresa, tras la realización de unos estudios y mediciones, dijo llevar a cabo unas supuestas medidas preventivas, dando lugar a la eliminación de una compensación que en descanso disfrutaban hasta esa fecha los trabajadores que prestaban servicios en condiciones tóxicas, penosas y/o peligrosas ( art. 16 del convenio colectivo de Construcción y obras públicas de la provincia de Barcelona.) . La supresión del tiempo de descanso tampoco dio lugar al abono del importe que por dicho concepto establece el convenio.

El Comité, no estando de acuerdo con la decisión, instó a la empresa a que procediese al pago del plus tóxico, penoso y/o peligroso y presentó Conflicto Colectivo ante el Tribunal Laboral de Catalunya, aceptando las partes la propuesta mediadora ofrecida por éste, sometiéndose a un arbitraje de derecho.

Como resultado, tenemos un LAUDO que reconoce a la plantilla que presta servicios dentro de los túneles de la red de Metro de Barcelona el derecho a percibir el mencionado plus.

Felicitamos a los compañeros por el trabajo realizado y su especial dedicación e implicación en cada una de las cuestiones que incumben a la plantilla. Los resultados no son nunca fruto de la casualidad. El trabajo tiene su recompensa.

Es un orgullo contar en nuestra Organización con personas comprometidas en la defensa de los derechos de todos nosotros.

Comité de Empresa de COMSA, SAU Barcelona

No te calles nunca, ni busques la manera de sonar agradable, ante algo que te parezca injusto.

Calendarios 2018

Feliz año a todos.
Os dejamos los calendarios laborales tanto de oficina como de obra válidos para el 2018.
Comentaros que el calendario de oficina es el calendario con mayor flexibilidad que hemos tenido hasta la fecha en nuestra empresa.


Calendario de Obra


Calendario de Oficina



Estamos a la espera de hablar con la empresa para el calendario del mantenimiento de metro.

Calendario sector construcción provincia de Barcelona para el año 2018 y la regularización de jornada de 2017

En el día de hoy se ha procedido a la firma del calendario laboral del sector de la construcción de la provincia de Barcelona fijado en 1.736 horas así como a la regularización de jornada del año 2017 , ya  que el año pasado al no tener firmado el Convenio General del Sector de la Construcción se procedió a la firma del calendario laboral en base a   1.738 horas en computo anual.
Tras la firma del Convenio General, cuya vigencia va desde 1/1/2017 al 31/12/2021,  se ha establecido  una jornada de 1.736 horas  hemos  establecido como los  trabajadores/as recuperaban   esas dos horas de más que se habían establecido en el calendario laboral, y se ha acordado trabajar 2 horas menos el día 5 de diciembre, salvo que los Comites de Empresa o Delegados/as en el ámbito de sus empresas establezcan otra manera de realizarlos.

20 horas de Formación al año.


Estimados compañeros:

 Desde el Comité de BCN os queremos informar de un derecho que se incluyó en la Reforma Laboral de 2012 relacionado con la formación continua.

El Artículo 2. Formación profesional, de la misma reforma, expone en su apartado 3 que:  
“Los trabajadores y trabajadoras con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta tres años. La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario.”

Esto quiere decir que todos los trabajadores tenemos el derecho a realizar cursos de 20h que mejoren nuestras competencias cada año, y que estos cursos se pueden realizar durante la jornada de trabajo.  Quede claro que estas 20h son por ley.

También recordaros que tras el acuerdo llevado a cabo entre el Comité y la empresa en julio de 2017,  la empresa se compromete a realizar a  partir del 01-01-18 el Plan de Formación general, que  constará de un mínimo de 8 horas anuales de formación técnica y/o competencial (al margen de las referentes a Prevención de Riesgos Laborales, salvo para los técnicos en dicha disciplina), para todos los empleados de la Empresa. Dicha carga formativa podrá ser acumulada en periodos trianuales.

 Para vuestra información, os dejamos varios enlaces que aparecen en el apartado de formación de nuestro blog del Comité de BCN http://comitecomsabarcelona.blogspot.com.es , donde aparece una gran oferta formativa, por grupos profesionales y que además es subvencionada y/o gratuita





Proyecto Artemisa UGT-preguntas frecuentes sobre la conciliación

UGT publica la guía de consultas frecuentes sobre derechos relacionados con la maternidad, la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.


A través del Proyecto Artemisa, el Servicio de consultas jurídicas de UGT edita la guía en pdf sobre las consultas más frecuentes en materia de conciliación.
En esta guía de 50 páginas, actualizada a 2017, se responden las dudas más habituales en materia de:
  • Permisos de maternidad y de paternidad.
  • Permiso de lactancia.
  • Reducción de jornada por cuidado de hijos, hijas y familiares, y por cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave.
  • Excedencia por cuidado de hijos, hijas y familiares.
  • Permisos para cuidados de familiares enfermos.
  • Otras fórmulas para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

Esta nueva versión recoge las modificaciones y actualizaciones en materia de derechos de conciliación de la vida laboral y familiar introducidas por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público.

Guia Proyecto Artemisa-UGT-CONCILIACIÓN