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Nuevo permiso retribuido por gestiones de adopción y acogimiento

El pasado mes de agosto entró en vigor la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

En ella, se introduce un nuevo permiso retribuido por gestiones de adopción y acogimiento, por medio de la modificación del Estatuto de los Trabajadores.

Dice así:

Disposición final tercera. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Se modifica la letra f) del apartado 3 del artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que queda redactado como sigue:

«f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo

Por lo tanto, si estáis en proceso de adopción o pensando en adoptar, que el tiempo de las gestiones no sea un problema!

Podéis leer la ley completa en el BOE.

El subsidio de paternidad de 20 días en vez de 13

El subsidio normal que todo el mundo conoce es de 13 días, más los 3 a 5 días que nos concede el Convenio Colectivo de Barcelona de permiso por nacimiento según los casos. En caso partos múltiples, se dispone de 2 días adicionales por cada hijo a partir del segundo, además de los días que concede el Convenio.

Pero además, lo que debéis conocer es que el artículo 26.2 del RD 295/09, amplía el subsidio de paternidad a 20 días en los siguientes casos:

Guía de Ayudas Sociales para las Familias 2015

En España no son muchas las ayudas que reciben las familias teniendo que hacer frente a la educación y cuidado de uno o más hijos.
Desde el gobierno central se proporcionan una serie de  prestaciones encuadradas dentro del marco de acción protectora de la Seguridad Social y además existen determinadas ayudas sociales que se gestionan desde las diferentes comunidades autónomas.

Aquí podrás consultar la Guía de Ayudas Sociales para las Familias 2015