DESPLEGABLE

EMPLEADOS CONTENTOS, EMPRESARIOS MÁS RICOS


EMPLEADOS CONTENTOS, EMPRESARIOS MÁS RICOS

Empleados contentos, empresarios más ricos
En España se trabajan 1.689 horas anuales, muchas más que en los países del norte de Europa, pero con menor rendimiento.
En España se trabajan 1.689 horas al año.
En España se trabajan 1.689 horas al año. / Getty Images

Comité informa: HUELGA en el mantenimiento ferroviario los dias 2, 9, 16 y 23 de Noviembre

A: Todos los Trabajadores de COMSA SAU de Barcelona
De: Comité de Empresa de COMSA SAU en Barcelona

Los compañeros de mantenimiento ferroviario convocan HUELGA para los días 2, 9, 16 y 23 de Noviembre, en contra del abuso por parte de la Empresa en la aplicación del acuerdo en el mantenimiento del metro de Barcelona (TMB), de la bolsa de horas y recortes de sus derechos.

Por ello, desde el Comité, os animamos a todos a sumaros, en solidaridad con los compañeros de los mantenimientos ferroviarios, a las CONCENTRACIONES de protesta por el proceder de la Empresa (en este, como en otros asuntos como la aplicación del ERTE, la falta de información sobre aplicación de la bajada salarial de 2014, etc...):

- El próximo martes 27 de Octubre, a las 18:00h, concentración en frente de las oficinas de C/Viriato 47, Barcelona.

- El próximo jueves 29 de Octubre, a las 21:00h, concentración en el centro de Can Boixeres (C/Estronci 8, L'Hospitalet de Llobregat - metro Can Boixeres L5)

¡Comsa cumple el convenio, no lo que te conviene!

Comité de Empresa de COMSA en Barcelona

Campaña de firmas: Petición al Gobierno de Incentivos fiscales a la jornada continua #yonorenuncio



54 minutos al día. Ese es el “tiempo libre” que una mujer trabajadora tiene de media al día ¿Tiene futuro una sociedad así?
Este es uno de los datos que arroja la encuesta de #concilia13F realizada en el Club de Malasmadres a más de 4.500 mujeres que, junto con otros estudios, deja en evidencia el planteamiento de las medidas de conciliación que existen actualmente.
¿Hacia qué tipo de sociedad vamos si seguimos así?

Comité informa: Negociación para la adecuación de los horarios en COMSA para la conciliación laboral-familiar

A: Todos los Trabajadores de COMSA SAU de Barcelona
De: Comité de Empresa de COMSA SAU en Barcelona

Actualmente se encuentran en curso las negociaciones entre la Dirección de COMSA y el Comité de Barcelona, contando con la mediación de la Inspecció de Treball, para procurar una mejor adecuación de los horarios de trabajo de oficinas centrales a la conciliación de la vida laboral y familiar, sin perjudicar el desempeño de las tareas propias del trabajo.

En ese contexto, se ha realizado recientemente una consulta entre los trabajadores de oficinas de c/Viriat y Av. Roma, haciéndola también extensiva a los Jefes de Grupo y de Obra dependientes directamente de los Delegados ubicados en dichas oficinas.

Los resultados son los que se recogen en la hoja adjunta. En ellos se aprecia como una inmensa mayoría del personal apoya el adelanto del horario en media hora, permitiendo una jornada de 8:00 a 17:30 h.

También se presentan separadamente los resultados obtenidos del colectivo de responsables de Departamentos, Jefes de Grupo y Jefes de Obra, siendo un 59% de ellos los que están a favor del adelanto.

También adjuntamos algunas de las recomendaciones realizadas por la Generalitat de Catalunya respecto a la reforma horaria necesaria.

Puede apreciarse los beneficios "contrastados" que supone la tendencia a la compactación de los horarios. En particular, España está a la cola de esa compactación, y el adelanto horario que planteamos los Trabajadores de COMSA supone asumir el horario que corresponde tan sólo a nuestros inmediatos antecesores.

Con esos documentos, esperamos llegar a un acuerdo con la Empresa para facilitar el adelanto del horario flexible oficial  de COMSA en Oficinas Centrales a las 17:30 h (por lo demás, horario que ya dispone todo el personal de COMSA EMTE en las mismas oficinas).

Paralelamente, seguimos las conversaciones con la Dirección de la Empresa para facilitar a las personas con guarda legal de familiares el que puedan conciliar su vida laboral y familiar sin verse obligadas a reducir su jornada e ingresos salariales.

Por último, a través del enlace a nuestro blog del Comité podréis encontrar documentación ampliada sobre estos asuntos.



Comité de Empresa de COMSA en Barcelona

Comité informa: Mensaje del Comité sobre los Despidos Individuales

A: Todos los Trabajadores de COMSA SAU de Barcelona
De: Comité de Empresa de COMSA SAU en Barcelona

- Una vez finalizado el ERTE, la Dirección se comprometió con el Comité a informarle, con toda la antelación posible, de los despidos objetivos individuales que pensara realizar, para que el Comité pudiera analizar posibles alternativas a dichos despidos.

- Respecto a los despidos habidos recientemente, la Dirección sólo informó con unos pocos días de antelación, del número de ellos (3, en Barcelona), pero no de sus nombres, con lo que la Dirección impidió de hecho que el Comité pudiera realizar cualquier análisis.

- Recientemente, el Comité ha tenido conocimiento de un 4º despido realizado en Barcelona, con lo que la Dirección falta de nuevo a su palabra.
  (Actualmente, atendiendo a las "buenas maneras" que sigue la Dirección, cualquier llamada de nuestro superior puede ser para darnos la noticia de nuestro despido inmediato).

- Este año, como todos los anteriores desde que se firmó un acuerdo en 2002 con la Empresa, el Comité ha requerido de la Dirección la información salarial individualizada y anónima de todo el personal de Barcelona con categoría igual o inferior a la de Encargado. La Dirección, que hasta ahora la había venido entregando, se ha negado este año a facilitársela. Al parecer, no recordaba que ya en 2005, cuando también se negó, fue la Inspección de Trabajo quien tuvo que decirle que era su obligación entregársela. Seguramente, el Comité no tendrá más remedio que recurrir nuevamente a la Inspección.

- En enero de 2014, con motivo del acuerdo de reducción salarial para los tres años siguientes, la Dirección se comprometió a facilitar el seguimiento de la aplicación de dicha medida a los Representantes de los Trabajadores. A primeros de julio, el Comité solicitó por escrito a la Dirección el acceso a la la documentación necesaria para proceder al control de las reducciones salariales realmente aplicadas en 2014, con respecto a los salarios de 2013. La Dirección todavía no ha facilitado el acceso a ninguna documentación al respecto.


"La vida es muy peligrosa, no para las personas que hacen el mal, sino para las que se sientan a ver lo que pasa" (A. Einstein)

Comité de Empresa de COMSA en Barcelona

TRAS LA SUSPENSIÓN DEL ERTE COMSA SAU REALIZARÁ DESPIDOS INDIVIDUALES OBJETIVOS

En Septiembre la empresa empezará  a realizar despidos objetivos  de forma individual. Desde el Comité queremos  aportaros información que es y cómo se debe actuar ante dicho despido.

Lo primero es importante que lo comuniquéis al Comité vuestro  para poder asesoraros lo más rápido y de la forma más contundente posible.
Realizaremos medidas de presión realizando asambleas con el compañero que quieren despedir  y los demás compañeros en el centro de trabajo en el que se encuentra  para parar el despido.
Tanto  si se consigue como si no, es importante que todos estemos informados de los procedimientos del despido objetivo y unos consejos a tener en cuenta.

Para las  personas que no estén afiliados en ningún sindicato les dejamos 3 bufetes de abogados para que tengan una orientación.

También queremos informaros que en el último ERE de COMSA EMTE  se llegó a una mejora en la indemnización para los trabajadores  muy superior a los 20 días con un tope de 12 mensualidades.

EL PROCEDIMIENTO DEL DESPIDO OBJETIVO

Una vez tenemos claro que el Despido es objetivo debemos saber que:

El empresario que pretenda despedir a un trabajador por causas objetivas debe respetar un procedimiento de forma escrupulosa, además de tener causas que justifiquen el despido, para que éste no pueda ser considerado improcedente por un juez en caso de que el trabajador impugne el despido. Esta forma y efectos regulados en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores son las siguientes: