DESPLEGABLE

20 horas de Formación al año.


Estimados compañeros:

 Desde el Comité de BCN os queremos informar de un derecho que se incluyó en la Reforma Laboral de 2012 relacionado con la formación continua.

El Artículo 2. Formación profesional, de la misma reforma, expone en su apartado 3 que:  
“Los trabajadores y trabajadoras con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta tres años. La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario.”

Esto quiere decir que todos los trabajadores tenemos el derecho a realizar cursos de 20h que mejoren nuestras competencias cada año, y que estos cursos se pueden realizar durante la jornada de trabajo.  Quede claro que estas 20h son por ley.

También recordaros que tras el acuerdo llevado a cabo entre el Comité y la empresa en julio de 2017,  la empresa se compromete a realizar a  partir del 01-01-18 el Plan de Formación general, que  constará de un mínimo de 8 horas anuales de formación técnica y/o competencial (al margen de las referentes a Prevención de Riesgos Laborales, salvo para los técnicos en dicha disciplina), para todos los empleados de la Empresa. Dicha carga formativa podrá ser acumulada en periodos trianuales.

 Para vuestra información, os dejamos varios enlaces que aparecen en el apartado de formación de nuestro blog del Comité de BCN http://comitecomsabarcelona.blogspot.com.es , donde aparece una gran oferta formativa, por grupos profesionales y que además es subvencionada y/o gratuita