A: Dirección de COMSA SAU
cc: Todos los
Trabajadores de COMSA SAU de Barcelona
De: Comité de Empresa de
COMSA SAU en Barcelona
Respecto a las vacaciones
de 2015, tenemos la siguiente petición a la Dirección:
Atendiendo al artículo
41.2 del Convenio de la construcción de Barcelona:
- Las vacaciones se
disfrutarán durante el periodo comprendido entre el 1 de Junio a 30 de
Septiembre, salvo que exista acuerdo entre la empresa y el trabajador
interesado, o entre aquella y los
representantes de los trabajadores, si el cambio afectara a una pluralidad,
para disfrutarlas en distintas fechas.
Y al artículo 41.3 del
mismo Convenio:
- En caso de no existir
acuerdo sobre las fechas de disfrute de las vacaciones o sobre su división, la
empresa deberá preavisar el plan y turno de vacaciones con 3 meses de
antelación a su iniciación, y éstas deberán tener lugar en las fechas que se
indican arriba.
Solicitamos a la
Dirección:
1) La comunicación
inmediata a cada trabajador de la previsión de la Empresa respecto a sus
vacaciones;
2) La información al
Comité de los periodos de vacaciones previstos para cada trabajador, con
indicación de si ha sido por acuerdo o por decisión unilateral de la Empresa.
Además, esta planificación
debe ser acorde con el cumplimiento por parte de la Dirección del punto 7 del
acuerdo alcanzado para la aplicación del ERTE, en lo que se refiere a las
vacaciones, ya que entendemos que debemos ser estrictos con lo acordado.
En espera de su pronta
respuesta.
Comité de Empresa de COMSA
SAU en Barcelona